Los límites de las pensiones tienen fundamentos legales distintos
Miles de trabajadores y jubilados en México se preguntan por qué una persona pensionada por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) puede alcanzar un monto mayor que una persona pensionada por el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), aun cuando ambas instituciones forman parte del sistema de seguridad social del país.
La respuesta no está relacionada con un trato preferencial hacia un grupo de trabajadores, sino con las diferencias que existen entre las leyes que regulan ambos sistemas, las reformas aprobadas en distintos momentos y las resoluciones emitidas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Especialistas en seguridad social explican que cada institución cuenta con reglas propias para determinar el cálculo de las pensiones, los requisitos para jubilarse, los esquemas de financiamiento y los límites máximos permitidos para el pago de las jubilaciones.
Uno de los aspectos que más llama la atención es el denominado “tope pensionario”, es decir, el límite máximo que puede alcanzar una pensión.
Mientras en determinados regímenes del IMSS puede existir un límite equivalente a 25 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), en el ISSSTE diversos criterios judiciales han determinado que el monto máximo debe calcularse con un límite de 10 UMAs para determinados regímenes pensionarios.
Esta diferencia ha generado numerosas dudas entre trabajadores activos, jubilados y personas próximas a retirarse.
¿Qué ocurre en el IMSS?
El sistema pensionario del IMSS contempla distintos regímenes dependiendo de la fecha en que el trabajador comenzó a cotizar.
Las personas que pertenecen al régimen de transición o realizan estrategias como la Modalidad 40 pueden incrementar considerablemente el monto de su futura pensión siempre que cumplan con los requisitos establecidos por la Ley del Seguro Social.
En diversos supuestos legales, el límite máximo puede alcanzar hasta 25 UMAs, situación que deriva del propio diseño financiero del sistema y de las disposiciones aplicables a determinados esquemas pensionarios.
Este modelo fue diseñado considerando las aportaciones realizadas durante la vida laboral, el salario base de cotización, las semanas cotizadas y otros elementos previstos en la legislación correspondiente.
Es importante señalar que alcanzar una pensión cercana al límite máximo no es automático; únicamente ocurre cuando el trabajador reúne todos los requisitos legales y financieros establecidos por la ley.
¿Qué sucede en el ISSSTE?
El panorama es diferente para quienes cotizan al ISSSTE.
En este caso, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió criterios en los que determinó que el monto máximo de determinadas pensiones debe calcularse con base en la Unidad de Medida y Actualización (UMA), estableciendo un límite equivalente a 10 UMAs para los regímenes correspondientes.
La Corte explicó que este criterio deriva de la interpretación de la Ley del ISSSTE de 2007 y del régimen previsto en su artículo Décimo Transitorio.
El objetivo jurídico fue dar certeza en la aplicación de la ley y preservar la sostenibilidad financiera del sistema pensionario de los trabajadores al servicio del Estado, considerando que dichas pensiones representan una obligación presupuestaria para el erario público.
Por ello, aunque ambos sistemas utilizan actualmente la UMA como referencia en diversos cálculos, los límites máximos no son iguales porque las leyes que regulan al IMSS y al ISSSTE tampoco lo son.
Especialistas recomiendan a cada trabajador revisar el régimen bajo el cual cotiza antes de calcular el monto que podría recibir al momento de jubilarse, ya que las reglas pueden variar significativamente según la fecha de incorporación al sistema y las disposiciones legales aplicables.
Fuentes de información
- Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
- Semanario Judicial de la Federación.
- Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
- Ley del Seguro Social.
- Ley del ISSSTE.
- Comunicados oficiales de la SCJN sobre criterios relativos al cálculo del monto máximo de las pensiones.
Palabras clave
IMSS, ISSSTE, UMA, pensión, jubilación, trabajadores, retiro, seguridad, derecho, jurisprudencia, SCJN, cotización, modalidad40, ahorro, ley, salario, finanzas, bienestar, pensiones, México


