Nuevas edades de jubilación en el ISSSTE: quiénes pueden retirarse antes con los cambios

Ciudad de México.— En un giro relevante para millones de trabajadores del sector público, el Gobierno de México oficializó cambios en las condiciones de retiro para afiliados al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE). La medida, que ya está en vigor en 2026, permite a ciertos trabajadores reducir la edad mínima para jubilarse, siempre y cuando cumplan con requisitos específicos.

Este ajuste fue establecido mediante un decreto presidencial firmado por la presidenta Claudia Sheinbaum y publicado el 24 de junio de 2025 en el Diario Oficial de la Federación (DOF). La reforma ha generado expectativas entre empleados activos y próximos a retirarse, ya que introduce condiciones más flexibles en comparación con el esquema anterior.

¿Qué cambia con las nuevas reglas del ISSSTE?

El nuevo esquema de jubilación contempla la posibilidad de que algunos trabajadores puedan retirarse antes de la edad tradicional, dependiendo principalmente de sus años de servicio y del régimen bajo el cual cotizan. Este beneficio aplica únicamente para quienes pertenecen al régimen de cuentas individuales o al décimo transitorio, dependiendo de su historial laboral.

Uno de los puntos clave es que se prioriza el tiempo cotizado por encima de la edad cronológica, lo que abre la puerta a una jubilación anticipada para quienes comenzaron a trabajar a una edad temprana y han mantenido una trayectoria laboral continua dentro del sector público.

¿Quiénes pueden jubilarse antes?

De acuerdo con el decreto, los trabajadores que podrían acceder a este beneficio son aquellos que cumplen con los siguientes criterios:

  • Haber cotizado un número elevado de años dentro del ISSSTE.
  • Estar inscritos en el régimen que permite la aplicación del beneficio.
  • Cumplir con las condiciones específicas de edad mínima ajustada, dependiendo del año en que se solicite la jubilación.

Por ejemplo, en algunos casos se contempla que mujeres con al menos 28 años de servicio y hombres con 30 años podrían iniciar su proceso de retiro antes de lo previsto anteriormente, aunque cada caso será evaluado de forma individual.

Diferencias entre regímenes

Uno de los factores determinantes para saber si una persona puede jubilarse antes es el régimen en el que se encuentra. En el ISSSTE existen principalmente dos:

  • Régimen del Décimo Transitorio: Aplica a trabajadores que cotizaban antes de la reforma de 2007. Este grupo suele tener condiciones más favorables para el retiro anticipado.
  • Régimen de Cuentas Individuales: Para quienes comenzaron a cotizar después de 2007. En este caso, el monto de la pensión dependerá del ahorro acumulado en la AFORE.

El decreto contempla ajustes que benefician principalmente al primer grupo, aunque también introduce mecanismos que pueden favorecer a trabajadores del segundo régimen, siempre que cumplan con los requisitos establecidos.

¿Qué deben hacer los trabajadores?

Especialistas recomiendan que los trabajadores interesados en jubilarse bajo este nuevo esquema se acerquen a las oficinas del ISSSTE o consulten su situación a través de los canales oficiales. Es fundamental revisar el historial de cotización, el régimen aplicable y las semanas o años acumulados.

También se aconseja realizar simulaciones de pensión para conocer el monto estimado que se recibiría en caso de optar por una jubilación anticipada, ya que retirarse antes podría implicar una reducción en el ingreso mensual.

Impacto para el futuro

Este cambio representa un paso importante en la política laboral del país, al ofrecer mayor flexibilidad a los trabajadores del Estado. Sin embargo, expertos advierten que también implica retos financieros para el sistema de pensiones, por lo que su implementación será clave para garantizar la sostenibilidad a largo plazo.

Mientras tanto, miles de trabajadores ya analizan si cumplen con los requisitos para aprovechar este beneficio y adelantar su retiro en los próximos años.


Fuentes de información:

  • Diario Oficial de la Federación (DOF), publicación del 24 de junio de 2025
  • Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE)
  • Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP)
  • Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR)