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Ciudad de México, 7 de octubre de 2026. El Gobierno de México mantiene vigente el Fondo de Pensiones para el Bienestar, esquema que puede otorgar un complemento mensual a determinadas personas pensionadas del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).

Para 2026, el límite superior del complemento es de 17 mil 885.85 pesos mensuales. Sin embargo, esta cantidad no representa un aumento general para todas las personas jubiladas ni significa que cualquier hombre o mujer pensionado recibirá automáticamente ese monto.

El apoyo busca que la pensión se acerque al salario promedio del último año cotizado, siempre que se cumplan los requisitos establecidos y sin superar el límite anual determinado para el ejercicio correspondiente.

¿Qué es el Fondo de Pensiones para el Bienestar?

El Fondo de Pensiones para el Bienestar es un fideicomiso público creado en 2024 por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y administrado por el Banco de México. Su objetivo es complementar determinadas pensiones de personas que cotizaron bajo el régimen de cuentas individuales.

En el caso del IMSS, el esquema está dirigido principalmente a quienes comenzaron a cotizar bajo la Ley del Seguro Social de 1997. En el ISSSTE, aplica para personas que se encuentran bajo el régimen de cuentas individuales.

El complemento cubre, cuando corresponde, la diferencia entre la pensión otorgada y el salario promedio mensual registrado durante el último año de cotización, con el límite máximo aplicable en 2026.

¿La pensión puede llegar a 17 mil 885.85 pesos?

Sí, pero únicamente en los casos en que la persona cumpla con los criterios de elegibilidad y su salario de referencia alcance o supere el límite establecido. El monto final depende de varios factores: el salario registrado, el tipo de régimen pensionario, la cantidad de semanas o años cotizados, la modalidad de pensión y el monto que ya paga el instituto correspondiente.

Por ejemplo, si una persona tiene derecho a una pensión mensual de 9 mil pesos y su salario promedio de referencia es de 15 mil pesos, el complemento podría cubrir la diferencia, sujeto a las reglas del Fondo. Si el salario de referencia supera el límite de 17 mil 885.85 pesos, el cálculo se topa en esa cantidad.

Por ello, no es correcto afirmar que todas las personas jubiladas del IMSS o del ISSSTE recibirán 17 mil 885.85 pesos al mes. La cifra es un límite máximo de referencia para 2026, no un pago universal.

Requisitos para recibir el complemento en 2026

Los criterios pueden variar de acuerdo con la institución y el régimen de pensión. En términos generales, el IMSS identifica los siguientes requisitos para acceder al complemento:

  • Haber iniciado las cotizaciones bajo la Ley del Seguro Social de 1997. El beneficio no aplica a quienes pertenecen exclusivamente al régimen de la Ley de 1973.
  • Tener al menos 65 años de edad para obtener una pensión por vejez.
  • Contar con una resolución de pensión emitida a partir del 2 de mayo de 2024.
  • Recibir una pensión inferior al salario promedio mensual del último año cotizado.
  • Cumplir con el requisito de semanas cotizadas vigente en el año de solicitud. Para 2026, el IMSS informó un mínimo de 875 semanas para el régimen de la Ley de 1997.
  • En los casos de renta vitalicia, no haber retirado excedentes de la cuenta individual que debían utilizarse para financiar dicha modalidad.

En el caso del ISSSTE, el Fondo contempla a personas incorporadas al régimen de cuentas individuales. La revisión debe realizarse conforme a la concesión o resolución de pensión y a los criterios aplicables por el instituto.

Antes de iniciar cualquier trámite, es importante confirmar el régimen pensionario. Una persona puede haber trabajado durante varios años, pero eso no significa necesariamente que pertenezca al esquema que contempla el Fondo de Pensiones para el Bienestar.

¿Quiénes quedan fuera?

El complemento no está diseñado para todas las pensiones ni para todas las personas adultas mayores. Entre los casos que pueden quedar fuera se encuentran los siguientes:

  • Personas que se pensionaron exclusivamente bajo la Ley del Seguro Social de 1973.
  • Personas cuya pensión ya es igual o superior al salario de referencia.
  • Personas que no han cumplido 65 años cuando se trate de una pensión por vejez.
  • Personas cuya resolución de pensión fue emitida antes del 2 de mayo de 2024, salvo que exista una disposición específica aplicable a su caso.
  • Personas que retiraron excedentes de su cuenta individual cuando esa acción impide financiar la renta vitalicia correspondiente.
  • Personas que confundan este beneficio con la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores.

La Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores es un programa social distinto, con requisitos, calendario y monto propios. No sustituye la pensión del IMSS o del ISSSTE ni es el mismo apoyo que el complemento del Fondo.

¿Se debe solicitar el complemento?

De acuerdo con la información oficial del IMSS, el complemento se determina de manera automática durante el trámite de pensión por vejez. La persona no debe presentar una solicitud independiente exclusivamente para pedir el complemento.

El procedimiento comienza con la solicitud ordinaria de pensión ante el instituto correspondiente. Después, los sistemas institucionales revisan los datos laborales, el régimen pensionario, el salario certificado y el monto de la pensión.

Si se cumplen los criterios, el complemento se incorpora al pago mensual y se deposita en la cuenta bancaria registrada para recibir la pensión.

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Trámite para personas del IMSS

  1. Confirmar que la persona está dada de baja del régimen obligatorio y que cumple con la edad y las semanas requeridas.
  2. Acudir a la Unidad de Medicina Familiar o subdelegación que corresponda para iniciar la solicitud de pensión por vejez.
  3. Proporcionar la documentación solicitada por el IMSS.
  4. Registrar o confirmar la cuenta bancaria y la CLABE interbancaria a nombre de la persona titular.
  5. Esperar la resolución de pensión y la determinación automática de elegibilidad para el complemento.

El IMSS también cuenta con la herramienta Mi Pensión Digital para consultar información relacionada con el trámite y conocer los pasos aplicables a cada caso.

Trámite para personas del ISSSTE

  1. Identificar si la persona pertenece al régimen de cuentas individuales o a otro sistema pensionario.
  2. Iniciar el trámite de pensión o jubilación ante las oficinas y ventanillas del ISSSTE.
  3. Presentar la documentación requerida para obtener la concesión o resolución de pensión.
  4. Solicitar orientación sobre la aplicación del Fondo de Pensiones para el Bienestar dentro del propio proceso pensionario.
  5. Verificar el monto autorizado, la cuenta de depósito y, en su caso, la incorporación del complemento mensual.

El ISSSTE habilitó ventanillas de atención para orientar a las personas derechohabientes. También es posible consultar información por medio de PENSIONISSSTE y de los canales institucionales del instituto.

Documentos que pueden solicitarse

La documentación exacta depende del trámite y de la situación de cada persona. Para el proceso de pensión y la recepción del pago pueden solicitarse documentos como:

  • Identificación oficial vigente.
  • Acta de nacimiento.
  • Documento que compruebe la cuenta bancaria y la CLABE interbancaria a nombre de la persona titular.
  • Comprobante de domicilio, cuando el domicilio no coincida con la identificación oficial.
  • Documentos relacionados con la trayectoria laboral, semanas cotizadas o régimen pensionario, cuando la institución los requiera.

Las autoridades pueden pedir información adicional para aclarar inconsistencias en el nombre, la fecha de nacimiento, el historial de cotización o la cuenta individual. Por ese motivo, es recomendable no entregar documentos a gestores que prometan liberar el pago a cambio de dinero.

¿Qué pasa con el dinero de la Afore?

El Fondo también se relaciona con recursos de cuentas individuales que permanecen inactivas. La normativa contempla transferencias de determinados saldos cuando las personas alcanzan 70 años en el caso del IMSS o 75 años en el caso del ISSSTE, siempre que se cumplan las condiciones legales.

Esto no significa que una persona pierda su derecho a reclamar sus recursos. Las autoridades han señalado que el derecho de las personas trabajadoras a recuperar recursos transferidos debe mantenerse conforme a las reglas aplicables.

Si una persona o sus beneficiarios tienen dudas sobre una cuenta individual, pueden consultar a la Afore correspondiente, a AFORE PENSIONISSSTE o utilizar los mecanismos oficiales de consulta. Es importante mantener actualizados los datos personales y registrar beneficiarios.

Sheinbaum no anunció una pensión universal de 17 mil 885 pesos

La cifra difundida en redes sociales puede generar confusión. Lo confirmado por las autoridades es la continuidad del Fondo de Pensiones para el Bienestar y la actualización del límite máximo para 2026.

El esquema no constituye una pensión universal de 17 mil 885.85 pesos para todos los jubilados y tampoco reemplaza los pagos ordinarios del IMSS, ISSSTE o la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores.

La cantidad que recibirá cada persona dependerá de su salario promedio de referencia, la pensión inicial, el régimen al que pertenece y el cumplimiento de los demás requisitos. Si el sistema institucional no reconoce el beneficio, la persona debe pedir una explicación directamente ante el IMSS o el ISSSTE y evitar trámites no oficiales.

Conclusión

En 2026, algunas personas pensionadas del IMSS y del ISSSTE pueden recibir un complemento con cargo al Fondo de Pensiones para el Bienestar, hasta alcanzar un máximo de 17 mil 885.85 pesos mensuales.

El apoyo se dirige principalmente a quienes cotizaron bajo la Ley de 1997 o el régimen de cuentas individuales, cumplen la edad requerida, tienen una pensión menor al salario de referencia y cuentan con una resolución emitida dentro del periodo establecido.

La evaluación se realiza durante el trámite de pensión y, en principio, no requiere una solicitud adicional. La recomendación es confirmar el régimen pensionario, reunir documentos oficiales y acudir únicamente a las ventanillas del IMSS, ISSSTE, PENSIONISSSTE o Afore correspondiente.

Para ampliar la información sobre apoyos para personas adultas mayores, también puede consultarse nuestra nota sobre la lista de documentos para el próximo registro de la Pensión del Bienestar. Se trata de un programa diferente al Fondo de Pensiones para el Bienestar.

Preguntas frecuentes

¿Todos los jubilados del IMSS e ISSSTE recibirán 17 mil 885.85 pesos al mes?

No. Esa cantidad es el límite máximo de referencia del Fondo de Pensiones para el Bienestar en 2026. El complemento solo puede otorgarse a quienes cumplen los requisitos del régimen pensionario y cuya pensión es menor al salario de referencia.

¿Tengo que solicitar por separado el complemento de pensión?

De acuerdo con el IMSS, no se requiere una solicitud independiente. La elegibilidad se revisa durante el trámite de pensión por vejez. En el caso del ISSSTE, la persona debe pedir orientación dentro del proceso de concesión o resolución de pensión.

¿La Pensión para el Bienestar de Adultos Mayores es el mismo apoyo?

No. La Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores es un programa social distinto, mientras que el Fondo de Pensiones para el Bienestar complementa determinadas pensiones del IMSS y del ISSSTE bajo reglas específicas.

Fuentes consultadas

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