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Las personas trabajadoras afiliadas al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) que sufran un accidente o desarrollen una enfermedad relacionada con su actividad laboral pueden solicitar una pensión por Incapacidad Permanente, siempre que cumplan con los requisitos establecidos por la Ley del Seguro Social y obtengan el dictamen médico correspondiente.
Este apoyo no se concede automáticamente por tener una lesión, una enfermedad o una incapacidad temporal. El IMSS debe determinar que existe una disminución permanente de las facultades o aptitudes para trabajar, o que la persona quedó imposibilitada para desempeñar cualquier trabajo por el resto de su vida.
Para 2026, el trámite mantiene como documento central el formato ST-3, emitido por los servicios médicos institucionales. A continuación se explica quién puede solicitar la pensión, qué documentos debe presentar y cómo se calcula el pago.
¿Qué es la pensión por Incapacidad Permanente del IMSS?
La Incapacidad Permanente deriva de un riesgo de trabajo. Esto significa que debe existir un accidente ocurrido durante el trabajo, con motivo de este o en el trayecto reconocido por el IMSS, o una enfermedad que tenga relación con las actividades laborales.
El Instituto distingue dos modalidades:
- Incapacidad Permanente Parcial: ocurre cuando la persona conserva parte de sus facultades, pero presenta una disminución permanente de sus aptitudes para trabajar.
- Incapacidad Permanente Total: se presenta cuando la persona pierde sus facultades o aptitudes y queda imposibilitada para desempeñar cualquier trabajo por el resto de su vida.
La clasificación y el porcentaje de incapacidad no los determina el trabajador ni el patrón. La valoración corresponde a los servicios médicos institucionales del IMSS, de acuerdo con la lesión, enfermedad, evolución clínica y afectación para realizar el trabajo.
El IMSS señala que la pensión puede otorgarse de manera provisional por un periodo de adaptación de hasta dos años. Durante ese tiempo, el Instituto puede ordenar una revisión y la persona asegurada también puede solicitar que se revise su estado. Después de ese periodo, en su caso, se concede la pensión definitiva. ([imss.gob.mx](https://www.imss.gob.mx/node/1265))
Requisitos para solicitarla en 2026
De acuerdo con el trámite oficial del IMSS, la persona interesada debe cumplir principalmente con estos puntos:
- Encontrarse vigente en sus derechos ante el IMSS.
- Haber sufrido un riesgo de trabajo que le haya ocasionado una incapacidad permanente parcial o total.
- Contar con un dictamen de incapacidad emitido por los servicios médicos institucionales mediante el formato ST-3.
El requisito más importante es el dictamen ST-3. No basta con presentar incapacidades temporales, estudios particulares o diagnósticos emitidos por un médico externo. Esos documentos pueden formar parte del expediente clínico, pero la calificación oficial para efectos de la pensión corresponde al IMSS.
En la información pública consultada del Instituto no se establece un número mínimo de semanas cotizadas para acceder a esta pensión por riesgo de trabajo. Por ello, no debe confundirse con la pensión de invalidez por enfermedad o accidente no laboral, la cual tiene reglas distintas de cotización y dictamen.
¿Qué documentos pide el IMSS?
Para iniciar la solicitud, la persona asegurada debe acudir a la ventanilla de Prestaciones Económicas de la Unidad de Medicina Familiar que corresponda. El IMSS solicita presentar originales o copias certificadas para cotejo, además de copias simples cuando corresponda.
Documentos de la persona asegurada
- Identificación oficial vigente con fotografía y firma.
- Comprobante de domicilio con una antigüedad no mayor a tres meses.
- Documento expedido por una institución bancaria en el que aparezca el número de cuenta y la CLABE a nombre de la persona beneficiaria, para recibir el pago.
- Copia certificada del acta de nacimiento, acta de adopción o acta de reconocimiento. También puede aceptarse el formato único de acta de nacimiento obtenido en línea desde la página oficial.
- Dictamen de Incapacidad Permanente o de Defunción por Riesgo de Trabajo ST-3, emitido por los servicios de Salud en el Trabajo del IMSS.
Entre los comprobantes de domicilio que el Instituto contempla se encuentran recibos de luz, agua, gas, teléfono fijo, boleta predial o una constancia de residencia expedida por una autoridad municipal o de la Ciudad de México. Si el domicilio donde se realiza el trámite no coincide con el de la credencial para votar, el IMSS puede solicitar un documento adicional a nombre de la persona solicitante. ([imss.gob.mx](https://www.imss.gob.mx/node/1265))
Documentos de beneficiarios
En los casos de Incapacidad Permanente Total, pueden considerarse beneficiarios para asignaciones familiares, siempre que acrediten el vínculo correspondiente y cumplan las condiciones previstas por la Ley del Seguro Social.
- Cónyuge: acta de matrimonio.
- Concubina o concubinario: documento que acredite legalmente el concubinato, conforme a las opciones aceptadas por el IMSS.
- Hijas e hijos menores de 16 años: documento que acredite el parentesco.
- Hijas e hijos de 16 a 25 años: además del parentesco, deben acreditar que estudian en una institución del Sistema Educativo Nacional y que no están sujetos al Régimen Obligatorio del Seguro Social.
- Hijas e hijos mayores de 16 años con incapacidad: deben presentar el dictamen ST-6 emitido por los servicios de Salud en el Trabajo, cuando corresponda.
- Ascendientes: deben acreditar parentesco y dependencia económica, además de que no existan otros beneficiarios con derecho preferente.
El trámite oficial del IMSS precisa que la documentación de beneficiarios se presenta especialmente cuando se trata de una Incapacidad Permanente Total. La institución puede pedir documentos adicionales para validar identidad, parentesco, domicilio o dependencia económica. ([imss.gob.mx](https://www.imss.gob.mx/node/1265))
¿Cuánto se puede recibir?
El monto depende del tipo y porcentaje de incapacidad, del salario base de cotización y de la resolución emitida por el IMSS.
Incapacidad Permanente Total
La Ley del Seguro Social establece que, al declararse una Incapacidad Permanente Total, corresponde una pensión mensual definitiva equivalente al 70 por ciento del salario con el que la persona estaba cotizando al momento de ocurrir el riesgo de trabajo.
Cuando se trata de una enfermedad de trabajo, el cálculo considera el promedio del salario base de cotización de las últimas 52 semanas, o las semanas disponibles si el aseguramiento fue por un periodo menor. La legislación también contempla la contratación de un seguro de sobrevivencia para proteger las pensiones y prestaciones económicas de los beneficiarios en caso de fallecimiento. ([diputados.gob.mx](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LSS.pdf))
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Incapacidad Permanente Parcial
Cuando la incapacidad parcial es superior al 50 por ciento, la persona asegurada puede recibir una pensión. El monto se calcula con base en la pensión que correspondería por Incapacidad Permanente Total y en el porcentaje establecido conforme a la tabla de valuación de incapacidades de la Ley Federal del Trabajo.
La valoración toma en cuenta factores como la edad, la importancia de la lesión, si la afectación impide ejercer la profesión habitual o si únicamente disminuye las aptitudes para realizar ese trabajo u otras actividades semejantes.
Si la valuación definitiva es de hasta 25 por ciento, la Ley prevé una indemnización global equivalente a cinco anualidades de la pensión que hubiera correspondido, en sustitución de la pensión mensual. Cuando el porcentaje es mayor de 25 por ciento y no rebasa 50 por ciento, dicha indemnización puede ser optativa para la persona trabajadora, conforme al caso y a la resolución aplicable.
Además, la legislación contempla un aguinaldo anual equivalente a 15 días del importe de la pensión para quienes reciben una pensión por Incapacidad Permanente Total o por Incapacidad Permanente Parcial superior al 50 por ciento. ([diputados.gob.mx](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LSS.pdf))
¿La pensión es provisional o definitiva?
Al declararse la incapacidad, el IMSS puede otorgar inicialmente una pensión provisional durante un periodo de adaptación de dos años. Esto permite observar la evolución de la lesión o enfermedad y determinar si el porcentaje de incapacidad debe modificarse.
Durante ese periodo, el Instituto puede ordenar una revisión médica. La persona asegurada también tiene derecho a solicitarla si considera que su estado de salud cambió. Al concluir los dos años, se determina si corresponde otorgar la pensión definitiva y con qué monto.
Por esta razón, la primera resolución no necesariamente representa el pago permanente que recibirá la persona durante toda su vida. Es importante revisar si el documento señala que la pensión es provisional o definitiva.
Pasos para realizar el trámite
- Reportar el accidente o la enfermedad de trabajo ante el patrón y el IMSS.
- Recibir atención médica y seguimiento por parte de los servicios institucionales.
- Esperar la valoración de los servicios de Salud en el Trabajo.
- Obtener, si corresponde, el dictamen ST-3 con el porcentaje y tipo de incapacidad.
- Reunir identificación, comprobante de domicilio, acta de nacimiento y documento bancario con CLABE.
- Acudir a la ventanilla de Prestaciones Económicas de la UMF correspondiente.
- Entregar la documentación y esperar la resolución de la solicitud.
El portal del IMSS también contempla la posibilidad de iniciar algunos procesos mediante Mi Pensión Digital, pero para la pensión por Incapacidad Permanente el dictamen de los servicios de Salud en el Trabajo debe estar autorizado y validado antes de continuar con la solicitud en línea, cuando el sistema lo permita.
¿Qué hacer si el IMSS no reconoce el riesgo de trabajo?
Si el Instituto determina que el accidente o la enfermedad no tiene relación con el trabajo, la pensión por Incapacidad Permanente podría no proceder bajo ese ramo. En ese escenario, la persona debe solicitar información sobre la resolución, conservar sus documentos médicos y pedir orientación en la unidad correspondiente.
No debe confundirse esta prestación con la pensión de invalidez, que se relaciona con enfermedades o accidentes no laborales y tiene requisitos diferentes. Tampoco es igual a la Pensión para Personas con Discapacidad del Gobierno federal, que pertenece a un programa social y no sustituye las prestaciones de seguridad social del IMSS. Puedes consultar información relacionada sobre ese apoyo en Pensión para Personas con Discapacidad 2026.
Recomendaciones antes de solicitar la pensión
- Verifica que tus datos personales estén actualizados en el IMSS y en tu Afore.
- Revisa que el nombre de la cuenta bancaria y la CLABE correspondan a la persona solicitante.
- Confirma que tus beneficiarios estén registrados ante el IMSS.
- Solicita y conserva copia del dictamen ST-3 y de la resolución de pensión.
- Pregunta si la pensión otorgada es provisional o definitiva.
- No entregues dinero a intermediarios que prometan acelerar el dictamen o garantizar un porcentaje de incapacidad.
La información sobre montos concretos, porcentajes y fecha de inicio del pago debe revisarse en la resolución individual emitida por el IMSS. No existe un monto universal para todas las personas, porque el cálculo depende de la valuación médica y del salario base de cotización reconocido.
Conclusión
La pensión IMSS 2026 por Incapacidad Permanente está dirigida a quienes sufrieron un accidente o enfermedad relacionada con el trabajo y recibieron un dictamen oficial que acredita una incapacidad parcial o total. Los requisitos centrales son tener vigencia de derechos, demostrar el riesgo de trabajo y contar con el formato ST-3.
Antes de acudir a la UMF, conviene reunir los documentos personales y bancarios, verificar la información de beneficiarios y revisar cuidadosamente el dictamen médico. En caso de dudas sobre la relación laboral del accidente, el porcentaje de incapacidad o el cálculo del pago, la orientación debe solicitarse directamente en el IMSS.
Preguntas frecuentes
¿Cuántas semanas cotizadas necesito para obtener una pensión por Incapacidad Permanente del IMSS?
Para la pensión derivada de un riesgo de trabajo, el trámite oficial del IMSS no señala un mínimo de semanas cotizadas como requisito central. Se requiere estar vigente en derechos, haber sufrido un riesgo de trabajo y contar con el dictamen ST-3 que determine una incapacidad permanente parcial o total. No debe confundirse con la pensión de invalidez por causas no laborales, que tiene reglas distintas.
¿Qué documento acredita la Incapacidad Permanente?
El documento principal es el Dictamen de Incapacidad Permanente o de Defunción por Riesgo de Trabajo ST-3, emitido por los servicios de Salud en el Trabajo del IMSS. Los estudios o diagnósticos particulares pueden servir como antecedentes médicos, pero no sustituyen el dictamen institucional.
¿La pensión por Incapacidad Permanente del IMSS es definitiva desde el inicio?
No necesariamente. El IMSS puede otorgarla de manera provisional durante un periodo de adaptación de hasta dos años. Durante ese tiempo puede ordenar revisiones y la persona asegurada también puede solicitarlas. Al concluir el periodo, se determina si procede la pensión definitiva.
Fuentes consultadas
- IMSS — Solicitud de Pensión de Incapacidad Permanente, Homoclave IMSS-01-016 — Fuente oficial consultada para verificar los requisitos, el dictamen ST-3, la vigencia de derechos, la documentación y el periodo provisional de hasta dos años.
- Cámara de Diputados — Ley del Seguro Social, última reforma consultada del 15 de enero de 2026 — Fuente legal consultada para verificar el cálculo de la pensión por incapacidad total, la incapacidad parcial, la indemnización global, el aguinaldo y la revisión durante el periodo de adaptación.
- IMSS — Solicitud de Pensión de Incapacidad Permanente en formato PDF — Fuente oficial consultada para corroborar recomendaciones sobre actualización de datos, registro de beneficiarios y verificación de información antes de iniciar la solicitud.
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