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La Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente entrega durante 2026 un apoyo económico de 3 mil 300 pesos bimestrales. El depósito se realiza de manera directa y, de acuerdo con la información oficial, el medio de pago es la tarjeta del Banco del Bienestar.
El programa está dirigido a personas mexicanas con discapacidad permanente, pero no todas las personas de 30 a 64 años pueden incorporarse automáticamente. Para ese grupo de edad existen condiciones relacionadas con la entidad federativa, el municipio o la localidad de residencia.
¿Cuánto entrega la pensión por discapacidad en 2026?
El monto vigente durante 2026 es de 3 mil 300 pesos por bimestre. Esto equivale a un apoyo mensual de mil 650 pesos, aunque la entrega se concentra en un solo depósito cada dos meses.
El dinero se otorga directamente a las personas derechohabientes mediante el medio de pago establecido por el programa. La entrega debe realizarse sin intermediarios, por lo que ninguna persona servidora pública o gestor particular puede cobrar una comisión por tramitar el apoyo.
El monto de 3 mil 300 pesos bimestrales también fue informado por el Gobierno de México al explicar la transición de las personas beneficiarias que llegan a los 65 años hacia la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores.
¿Quiénes pueden recibir la Pensión para Personas con Discapacidad?
Las Reglas de Operación 2026 contemplan a personas mexicanas por nacimiento o naturalización, con domicilio actual en México y con una discapacidad permanente acreditada mediante un certificado o constancia médica emitida por una institución pública del sector salud.
Personas de 0 a 29 años
Las niñas, niños, adolescentes y jóvenes de 0 a 29 años pueden formar parte de la población objetivo sin importar la entidad federativa en la que residan, siempre que cumplan con los demás criterios y presenten la documentación solicitada.
Además del apoyo económico, las personas beneficiarias de 0 a 17 años pueden solicitar apoyos en especie relacionados con servicios de rehabilitación, siempre que acrediten la necesidad correspondiente y se cumplan las condiciones previstas por el programa.
Personas de 30 a 64 años
En el caso de las personas de 30 años y hasta un día antes de cumplir los 65, el acceso depende del lugar de residencia.
En las entidades federativas que cuentan con un convenio para la universalización de la pensión, las personas con discapacidad permanente de ese rango de edad pueden ser consideradas dentro de la cobertura del programa, siempre que cumplan con los requisitos de acceso.
En las entidades que no forman parte de ese convenio, la cobertura para personas de 30 a 64 años está limitada a quienes viven en municipios o localidades indígenas, afromexicanas o con alto o muy alto grado de marginación, conforme a los catálogos oficiales.
Por ello, la afirmación de que todas las personas de 30 a 64 años con discapacidad permanente reciben automáticamente los 3 mil 300 pesos requiere una precisión: la edad y la discapacidad son elementos centrales, pero también debe revisarse la entidad, el municipio o la localidad de residencia.
¿Qué discapacidad se necesita acreditar?
El programa exige acreditar una discapacidad permanente. Para ello, la persona solicitante debe presentar un certificado o constancia médica expedido por alguna institución pública del sector salud federal, estatal o municipal.
El documento debe señalar que se trata de una discapacidad permanente y cumplir con los requisitos mínimos establecidos por las autoridades. Una receta médica, una nota informal o un documento que no indique la permanencia de la discapacidad podrían no ser suficientes para acreditar este criterio.
La valoración y emisión del documento médico corresponde a la institución de salud competente. La Secretaría de Bienestar no sustituye al personal médico que debe emitir el certificado.
Requisitos para solicitar el apoyo
Las Reglas de Operación 2026 establecen una serie de documentos para la persona con discapacidad permanente. La lista principal incluye los siguientes:
- Acta de nacimiento.
- Documento de identificación vigente.
- Clave Única de Registro de Población, conocida como CURP.
- Certificado o constancia médica que acredite la discapacidad permanente.
- Comprobante de domicilio con una antigüedad máxima de seis meses o una constancia de residencia expedida por la autoridad local.
- Formato de Registro de Personas con Discapacidad debidamente llenado.
La identificación puede acreditarse con la credencial para votar. En caso de no contar con ella, las reglas contemplan otros documentos oficiales, como el pasaporte vigente o identificaciones expedidas por la autoridad correspondiente.
Si la persona beneficiaria requiere realizar el trámite mediante una persona adulta auxiliar, también debe registrarse a esa persona y presentar su propia documentación.
¿Qué documentos necesita la persona adulta auxiliar?
La persona adulta auxiliar es quien puede representar a la persona beneficiaria en trámites relacionados con la pensión. Puede ser un familiar, la persona cónyuge, alguien con quien viva en concubinato, una persona tutora, quien esté a cargo de sus cuidados o una persona designada por la propia beneficiaria, aunque no exista parentesco.
Para su registro debe presentar:
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- Acta de nacimiento.
- Identificación vigente.
- CURP.
- Comprobante de domicilio con una antigüedad máxima de seis meses o constancia de residencia.
- Formato de Registro de Personas con Discapacidad.
La figura de la persona adulta auxiliar no significa que pueda disponer libremente del apoyo. Su función es ayudar en la representación y el seguimiento de trámites, especialmente cuando la persona beneficiaria necesita asistencia.
¿Dónde se realiza el registro?
El registro se lleva a cabo de manera presencial en los módulos de atención que determine la Secretaría de Bienestar. La ubicación y operación de estos módulos dependen de las convocatorias y de la organización territorial del programa.
La página oficial de la Pensión para Personas con Discapacidad señala que las convocatorias pueden abrirse a lo largo del año. Sin embargo, al corte editorial de esta nota, las fuentes consultadas no establecen una fecha nacional adicional de registro para septiembre de 2026. Por ello, cualquier calendario que circule en redes sociales debe verificarse antes de acudir.
Las personas interesadas pueden consultar la información institucional de la Secretaría de Bienestar y los canales oficiales del programa. También deben revisar que el módulo corresponda a su entidad y que la documentación esté completa.
¿Qué pasa cuando la persona beneficiaria cumple 65 años?
La Pensión para Personas con Discapacidad cubre hasta un día antes de cumplir los 65 años. Al llegar a esa edad, la persona deja de formar parte del rango establecido para este programa.
Las autoridades informaron que, previa validación del registro, las personas beneficiarias pueden ser incorporadas automáticamente al padrón de la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores. Durante 2026, ese programa entrega 6 mil 400 pesos bimestrales.
La incorporación no debe interpretarse como un depósito inmediato garantizado en todos los casos, ya que está sujeta a la validación de los datos y a los procesos administrativos correspondientes.
¿El apoyo se entrega por discapacidad temporal?
No. El programa está diseñado para personas con discapacidad permanente. Por esa razón, la constancia médica debe acreditar expresamente esa condición.
Las personas que enfrentan una enfermedad, lesión o limitación temporal deben revisar si existe otro programa o servicio público que corresponda a su situación. No es correcto asumir que cualquier incapacidad médica permite acceder a esta pensión.
Recomendaciones para evitar problemas en el trámite
Antes de acudir a un módulo, es conveniente revisar que los nombres y datos de la documentación coincidan. También debe verificarse que la CURP esté correcta, que el comprobante de domicilio sea reciente y que el documento médico provenga de una institución pública autorizada.
La persona solicitante debe conservar comprobantes, folios o documentos que le entregue el personal encargado del registro. Si falta algún requisito, es importante preguntar cuál es el plazo y el lugar para entregarlo posteriormente.
El orden de incorporación se determina conforme a la fecha de registro y a la disponibilidad presupuestal del programa. Por tanto, entregar la documentación no significa necesariamente que el depósito se realice el mismo día o en el siguiente bimestre.
Lo que sí está confirmado para 2026
La información oficial consultada confirma que la pensión entrega 3 mil 300 pesos bimestrales, que el programa está dirigido a personas con discapacidad permanente y que la cobertura para quienes tienen entre 30 y 64 años depende de la entidad y de las condiciones territoriales previstas en las reglas.
También está confirmado que el apoyo se entrega de forma directa y que las personas de 65 años pueden pasar al programa de adultos mayores después de la validación correspondiente.
Lo que permanece pendiente de confirmar en esta publicación es una nueva fecha nacional de registro para septiembre de 2026. Hasta que la Secretaría de Bienestar emita una convocatoria, no debe darse por válido ningún calendario compartido fuera de los canales oficiales.
Para conocer otros montos de los programas sociales durante 2026, consulta también nuestra nota ¿Cuánto dinero recibe cada persona con una Pensión Bienestar en 2026?.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto paga la Pensión para Personas con Discapacidad en 2026?
Durante 2026 entrega 3 mil 300 pesos cada dos meses, equivalentes a mil 650 pesos mensuales, mediante el medio de pago establecido por el programa.
¿Todas las personas de 30 a 64 años con discapacidad permanente pueden recibirla?
No necesariamente. En las entidades con convenio de universalización pueden formar parte de la cobertura si cumplen los requisitos. En las entidades sin convenio, deben vivir en municipios o localidades indígenas, afromexanas o con alto o muy alto grado de marginación, de acuerdo con los catálogos oficiales.
¿Qué documento acredita la discapacidad permanente?
Se necesita un certificado o constancia médica emitido por una institución pública del sector salud federal, estatal o municipal, en el que se señale la discapacidad permanente.
Fuentes consultadas
- Diario Oficial de la Federación: Reglas de Operación 2026 de la Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente — Fuente normativa principal para el monto de 3 mil 300 pesos bimestrales, población objetivo, requisitos, documentos, cobertura territorial y reglas de incorporación.
- Secretaría de Bienestar: Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente — Página oficial con las reglas de operación, módulos de atención y catálogos territoriales relacionados con el programa.
- Programas para el Bienestar: Pensión para Personas con Discapacidad — Información institucional sobre el monto, la periodicidad, el medio de entrega y las diferencias de cobertura por entidad federativa.
- Programas para el Bienestar: ¿Qué pasa con los derechohabientes al cumplir 65 años? — Confirma el monto de 3 mil 300 pesos bimestrales durante 2026 y la transición hacia la pensión para personas adultas mayores al cumplir 65 años.
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