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Una versión que circula en redes sociales asegura que Claudia Sheinbaum quitará la Pensión del Bienestar a todos los mexicanos que hagan alguna de cinco cosas. No obstante, esa afirmación es imprecisa y puede generar preocupación entre las personas derechohabientes.

Las Reglas de Operación de la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores para el ejercicio fiscal 2026 no establecen una cancelación general por realizar determinadas actividades. Lo que sí contemplan son causas concretas de retención, suspensión y baja del padrón, principalmente relacionadas con la identidad de la persona beneficiaria, la entrega del apoyo, la localización y el cumplimiento de la normatividad.

El documento fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de febrero de 2026 y señala que la pensión es de 3 mil 200 pesos mensuales, pagaderos bimestralmente, para las personas incorporadas al padrón que no se encuentren en alguno de los supuestos de retención, suspensión o baja. ([sidof.segob.gob.mx](https://sidof.segob.gob.mx/notas/docFuente/5779939?utm_source=openai))

No es correcto decir que se quitará a todos los mexicanos

La Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores está dirigida a mexicanas y mexicanos de 65 años o más, por nacimiento o naturalización, con domicilio en la República Mexicana, siempre que cumplan con los criterios y requisitos del programa.

Por ello, el Gobierno de México no puede retirar el apoyo de manera automática a toda la población ni por motivos generales que no estén contemplados en las reglas. Cada caso debe analizarse conforme al estatus de la persona en el padrón y a la causal específica que corresponda.

Además, las reglas indican que la Secretaría de Bienestar debe informar a la persona derechohabiente o a su persona adulta auxiliar el motivo de una suspensión o baja y las acciones que puede realizar para aclarar la situación. También se contempla el derecho de audiencia. ([sidof.segob.gob.mx](https://sidof.segob.gob.mx/notas/docFuente/5779939?utm_source=openai))

Las cinco situaciones que pueden poner en riesgo el pago

1. Tener inconsistencias en los datos de identificación

Una de las causas previstas es que existan diferencias o inconsistencias en los datos de identificación de la persona beneficiaria. Esto puede estar relacionado con información que no coincide en los registros oficiales, como el nombre, la CURP u otros datos utilizados para validar la identidad.

En principio, una inconsistencia puede provocar la retención del pago. Si después de dos bimestres la situación no se aclara, puede derivar en la suspensión del padrón. Las reglas establecen que, después de dos bimestres en suspensión por esta causa, puede determinarse la baja definitiva.

Esto no significa que una persona pierda el apoyo por un simple error sin posibilidad de aclaración. La recomendación es acudir a un Módulo de Atención de la Secretaría de Bienestar con los documentos que acrediten la identidad y solicitar la revisión del caso.

2. Aparecer con un posible registro duplicado

Otra situación contemplada es la posible duplicidad. Esto ocurre cuando el sistema detecta que una misma persona podría tener más de un registro dentro del padrón.

La duplicidad puede llevar primero a una retención y, posteriormente, a una suspensión si el problema permanece durante dos bimestres. Si después de ese periodo no se resuelve, puede proceder la baja definitiva.

Las reglas también contemplan una causa específica de baja por cobro simultáneo. Si se identifica que una misma persona tiene dos o más registros y recibió depósitos o cobros en uno o más bimestres, se puede cancelar el registro o los registros de mayor antigüedad, mientras se revisa el registro más reciente conforme al procedimiento correspondiente.

3. No ser localizada durante las verificaciones

La falta de localización también aparece entre las causas de retención, suspensión y baja. Esto no debe interpretarse como una obligación de permanecer todo el tiempo en el domicilio registrado, sino como la posibilidad de que la autoridad no pueda confirmar la existencia, identidad o ubicación de la persona derechohabiente cuando realiza las acciones de verificación.

De acuerdo con las reglas de 2026, después de dos bimestres en retención por no localización puede aplicarse la suspensión. Si la persona permanece suspendida durante otros dos bimestres, puede determinarse la baja del padrón.

Para prevenir problemas, es conveniente mantener actualizados los datos personales y de contacto, así como informar cualquier cambio relevante mediante los canales oficiales de la Secretaría de Bienestar.

4. No presentarse a recoger el medio de pago

Las reglas también consideran como causal de retención que la persona no se presente a recoger su medio de pago cuando corresponda. Después de dos bimestres en esa situación, el padrón puede ser suspendido y, tras otros dos bimestres de suspensión, puede proceder la baja definitiva.

Esta disposición no equivale a quitar la pensión por no retirar inmediatamente el dinero de una cuenta bancaria. El supuesto mencionado en las reglas se relaciona con no presentarse a recoger el medio de pago que la autoridad haya dispuesto para la entrega del apoyo.

Si existe una dificultad para acudir personalmente, la persona derechohabiente puede revisar si cuenta con una persona adulta auxiliar registrada o solicitar orientación en los módulos oficiales. También es importante no entregar la tarjeta ni los datos bancarios a intermediarios.

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Para conocer medidas de seguridad al acudir a una sucursal, puede consultarse esta información: ¿Acudirás al Banco del Bienestar? Así puedes pedir ayuda y evitar fraudes.

5. Incumplir las Reglas de Operación

El quinto supuesto señalado en la versión viral corresponde al incumplimiento de las Reglas de Operación. Sin embargo, no debe presentarse como una lista de conductas arbitrarias ni como una sanción automática para cualquier persona.

La norma establece que, si una persona se encuentra en retención por incumplimiento, después de dos bimestres puede ser suspendida. Si la suspensión continúa durante dos bimestres, puede ordenarse la baja definitiva del padrón.

La autoridad debe identificar la causal correspondiente y comunicarla a la persona derechohabiente o a su persona adulta auxiliar. Por ello, ante cualquier aviso de suspensión o baja, es importante pedir que se informe cuál fue el motivo concreto y qué documentos o acciones se requieren para aclararlo.

Otros motivos de baja que sí aparecen en las reglas

Además de las cinco situaciones anteriores, las reglas de 2026 contemplan otros supuestos de baja definitiva. Entre ellos están el registro de la CURP con estatus de defunción, la notificación del fallecimiento de la persona beneficiaria, el cobro simultáneo de registros duplicados y la baja voluntaria solicitada por la propia persona derechohabiente.

En caso de fallecimiento, la pensión no puede exigirse como herencia. Las reglas señalan que no se pueden reclamar pagos correspondientes a bimestres posteriores a la fecha del fallecimiento. También se contempla un apoyo de marcha para la persona auxiliar, siempre que se cumplan las condiciones del programa, aunque este trámite debe solicitarse conforme a las disposiciones aplicables.

La baja voluntaria, por su parte, debe solicitarse mediante un escrito dirigido al personal responsable y el Formato Único de Bienestar. No se trata de una cancelación impuesta por el Gobierno, sino de una petición de la persona derechohabiente o de su auxiliar.

¿Qué hacer si suspenden o retienen la pensión?

La primera recomendación es no confiar en mensajes de redes sociales, llamadas o personas que prometan liberar el pago a cambio de dinero. Los trámites deben realizarse por las vías oficiales y sin intermediarios.

La persona beneficiaria o su auxiliar debe acudir a un Módulo de Atención de la Secretaría de Bienestar para solicitar información sobre el estatus del registro. Es necesario preguntar si existe una retención, suspensión o baja, así como la causal exacta que aparece en el sistema.

También conviene llevar identificación oficial, CURP, comprobante de domicilio y cualquier documento relacionado con la tarjeta o el medio de pago. La documentación específica puede variar según el problema que se deba aclarar.

La Secretaría de Bienestar mantiene información del programa y de los módulos en su página oficial. En la ficha institucional de la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores también aparece el correo demandasocial@bienestar.gob.mx para dudas e información. ([gob.mx](https://www.gob.mx/bienestar/documentos/personas-adultas-mayores?utm_source=openai))

Conclusión: la información viral necesita contexto

La frase “Claudia Sheinbaum quitará la Pensión del Bienestar a todos los mexicanos que hagan estas cinco cosas” no describe con precisión las reglas oficiales. No existe una orden general para retirar el apoyo a toda la población por realizar actividades cotidianas.

Lo que sí existe es un procedimiento que puede comenzar con la retención del pago y continuar con la suspensión o baja cuando hay inconsistencias de identidad, posible duplicidad, falta de localización, problemas para recoger el medio de pago o incumplimiento de las reglas.

En todos los casos, la persona debe recibir información sobre el motivo y tiene la posibilidad de solicitar una aclaración. Cualquier cambio adicional al programa o a sus reglas deberá confirmarse mediante publicaciones oficiales de la Secretaría de Bienestar o del Diario Oficial de la Federación.

Para revisar información relacionada con fechas y depósitos, también puede consultarse esta nota: Pensión Bienestar: personas cuyo apellido inicia con G reciben su pago este 8 y 9 de septiembre de 2026.

Preguntas frecuentes

¿Claudia Sheinbaum quitará la Pensión del Bienestar a todos los mexicanos?

No. Las Reglas de Operación 2026 no establecen una cancelación general. La suspensión o baja únicamente puede aplicarse en los supuestos previstos, como inconsistencias de identidad, posible duplicidad, no localización, problemas con el medio de pago o incumplimiento de las reglas.

¿Me pueden quitar la pensión por no retirar el dinero de inmediato?

Las reglas contemplan como causal no presentarse a recoger el medio de pago, pero esto no significa que retirar el dinero después de un depósito provoque automáticamente la baja. Si existe un problema con la tarjeta o el pago, la persona debe solicitar orientación en un Módulo de Atención.

¿Qué hago si mi pensión aparece suspendida?

Acude a un Módulo de Atención de la Secretaría de Bienestar y solicita que te informen la causal exacta. Lleva identificación oficial, CURP, comprobante de domicilio y los documentos relacionados con tu medio de pago. La autoridad debe informar el motivo y las acciones para aclarar la situación.

Fuentes consultadas

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