Suscríbete a nuestras noticias

Regístrate gratis y recibe nuestras nuevas publicaciones directamente en tu correo.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) todavía no ha prohibido al Servicio de Administración Tributaria (SAT) cobrar Impuesto Sobre la Renta (ISR) a todas las personas que reciben recursos de la cuenta Afore de un familiar fallecido. La información que circula en redes sociales o en algunos titulares requiere una precisión importante: el máximo tribunal del país dejó pendiente la resolución definitiva de este tema.

El asunto está relacionado con la Contradicción de Criterios 49/2026, en la que dos tribunales colegiados sostuvieron posturas distintas sobre el tratamiento fiscal de los recursos de una cuenta individual de retiro entregados a la persona beneficiaria después de la muerte de una trabajadora o un trabajador.

En su comunicado número 100, publicado el 2 de julio de 2026, la SCJN informó que el Pleno comenzó a analizar el expediente, pero decidió retirarlo para elaborar un nuevo proyecto que incorporara las consideraciones expresadas durante la discusión. Por ello, al 12 de septiembre de 2026, no existe una sentencia definitiva que establezca una regla general de exención para todas las personas beneficiarias.

¿Qué resolvió realmente la Suprema Corte?

La Corte analizó una contradicción entre criterios judiciales. Un tribunal consideró que los recursos entregados a una persona beneficiaria de una cuenta individual de retiro eran ingresos gravados con ISR, porque no equivalían a una herencia o a un legado.

El otro tribunal sostuvo una interpretación distinta: señaló que el dinero recibido por la persona beneficiaria debido al fallecimiento de la trabajadora o el trabajador podía asimilarse a un ingreso obtenido por herencia o legado y, por tanto, estar exento del impuesto.

Durante la sesión informada por la SCJN, una mayoría de ministras y ministros expresó que los recursos provenientes de las cuentas individuales de retiro no deberían considerarse ingresos gravables. La argumentación expuesta fue que se trata de recursos generados por la persona trabajadora y destinados a brindar protección económica a quienes fueron designados como beneficiarios o a quienes la ley reconoce con mejor derecho.

Sin embargo, esa postura expresada durante el debate no equivale por sí sola a una sentencia firme. La propia Corte informó que el asunto fue retirado y que la contradicción de criterios quedó pendiente de resolución definitiva.

¿Qué dice el proyecto que circuló sobre el ISR?

El proyecto de resolución disponible en el portal judicial planteaba una conclusión diferente a la postura mayoritaria expresada durante la sesión: proponía que los recursos entregados a la persona beneficiaria de una cuenta individual de retiro no fueran considerados ingresos exentos en términos del artículo 93, fracción XXII, de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

Ese proyecto sostenía que la persona beneficiaria adquiere su calidad conforme a las disposiciones de seguridad social, mientras que la calidad de heredera o legataria se obtiene mediante las reglas del derecho sucesorio, particularmente por disposición testamentaria cuando se trata de un legado.

Bajo esa interpretación, el dinero de la cuenta individual no formaría parte de una herencia o legado únicamente por haber sido entregado a una persona beneficiaria. En consecuencia, el proyecto señalaba que podría existir obligación de pagar el impuesto correspondiente.

No obstante, es indispensable aclarar que el documento consultado tiene carácter de proyecto y no debe presentarse como una sentencia definitiva. Además, el comunicado oficial de la Corte confirmó que el asunto fue retirado para elaborar una nueva propuesta.

¿Por qué se relaciona el caso con el artículo 93 de la Ley del ISR?

El artículo 93, fracción XXII, de la Ley del ISR contempla una exención para determinados ingresos recibidos por concepto de herencia o legado. El debate consiste en determinar si los recursos de una cuenta individual de retiro entregados directamente a una persona beneficiaria pueden recibir ese mismo tratamiento fiscal.

La controversia no se limita a saber si hubo un fallecimiento o si quien cobra era familiar de la persona trabajadora. El punto jurídico es establecer cuál es la naturaleza fiscal de los recursos: si deben considerarse una herencia o legado exento, o si constituyen un ingreso gravado recibido por la persona beneficiaria.

También se discute la diferencia entre ser beneficiario de una cuenta individual y ser heredero o legatario conforme a las normas civiles. Aunque una misma persona puede tener ambas condiciones, no necesariamente se adquieren por la misma vía ni producen automáticamente el mismo tratamiento fiscal.

¿La decisión aplicaría a todos los mexicanos?

No. La información disponible no permite afirmar que la Suprema Corte haya emitido una prohibición general contra el SAT ni que todas las personas del país estén exentas de pagar ISR por recibir dinero de una Afore.

Suscríbete a nuestras noticias

Regístrate gratis y recibe nuestras nuevas publicaciones directamente en tu correo.

El expediente analiza una cuestión jurídica específica sobre recursos de cuentas individuales de retiro entregados a personas beneficiarias tras el fallecimiento de una trabajadora o un trabajador. La aplicación concreta puede depender del régimen de seguridad social, del tipo de subcuenta, de la forma en que se entregaron los recursos, de la calidad jurídica de quien los recibe y de la existencia o no de un testamento.

Por ese motivo, no es correcto asegurar que cualquier depósito recibido de una Afore por la muerte de un pariente queda automáticamente libre de impuestos. Tampoco es correcto sostener, sin revisar el caso, que todas las personas beneficiarias deben pagar el impuesto en los mismos términos.

¿Qué deben hacer las personas beneficiarias?

Quienes reciban recursos de una cuenta Afore por el fallecimiento de un familiar deben conservar la documentación relacionada con el trámite. Entre los documentos relevantes pueden encontrarse la resolución o constancia que reconozca la calidad de beneficiario, los estados de cuenta, los comprobantes de pago, la constancia de retención y la información que entregue la administradora.

También es importante identificar si el dinero proviene de una cuenta individual de retiro, de una subcuenta de vivienda, de aportaciones voluntarias, de una pensión o de otro concepto. No todos los pagos tienen necesariamente el mismo tratamiento fiscal.

Si la Afore realiza una retención de ISR, la persona interesada debe solicitar el comprobante correspondiente y revisar con una persona contadora o asesora fiscal si existe una obligación de declarar, si procede una devolución o si el pago debe impugnarse. La decisión de la Corte, cuando sea emitida y publicada oficialmente, podrá modificar la manera en que se analizan casos similares, pero todavía no sustituye la revisión individual.

¿Se puede pedir la devolución del ISR retenido?

La posibilidad de solicitar una devolución depende de las circunstancias del caso, de la forma en que se efectuó la retención, de la documentación disponible y del fundamento utilizado por la autoridad o por la administradora. No existe, con la información oficial consultada al 12 de septiembre de 2026, una regla general derivada de una sentencia definitiva de la SCJN que ordene devolver automáticamente el impuesto retenido a todas las personas beneficiarias.

Por ello, cualquier solicitud debe presentarse con respaldo documental y dentro de los plazos aplicables. Antes de iniciar un trámite, conviene revisar si el pago fue reportado como ingreso, qué concepto aparece en el comprobante y si existe una resolución judicial o administrativa relacionada con el caso.

La resolución definitiva sigue pendiente

La conclusión confirmada por la SCJN es que la Contradicción de Criterios 49/2026 continúa pendiente. La Corte retiró el asunto para que se prepare un nuevo proyecto después de la discusión del Pleno.

Esto significa que el titular “la Suprema Corte le prohíbe al SAT cobrar ISR a todos los mexicanos que reciben dinero de una Afore” es impreciso y puede generar expectativas equivocadas. La Corte sí discutió una posible protección fiscal para las personas beneficiarias, pero no ha publicado una resolución definitiva con ese alcance general.

Cuando exista una sentencia aprobada y publicada en los canales oficiales, será necesario revisar su texto completo, sus efectos, el criterio jurisprudencial que se emita y los supuestos concretos a los que se aplicará. Mientras eso no ocurra, las personas beneficiarias deben considerar su situación fiscal particular y no asumir que el dinero está exento únicamente por provenir de la cuenta Afore de un familiar fallecido.

Para conocer otros temas relacionados con los derechos de las personas beneficiarias después del fallecimiento de una persona trabajadora, puedes consultar nuestra nota sobre la pensión por concubinato y quiénes pueden cobrarla.

Preguntas frecuentes

¿La Suprema Corte ya prohibió al SAT cobrar ISR por dinero de una Afore heredada?

No. Al 12 de septiembre de 2026, la SCJN no ha emitido una resolución definitiva que prohíba al SAT cobrar ISR en todos los casos. La Contradicción de Criterios 49/2026 fue retirada para elaborar un nuevo proyecto.

¿El dinero de una cuenta Afore de una persona fallecida está exento de ISR?

No puede afirmarse de manera general. La exención depende del tratamiento jurídico y fiscal aplicable al pago, de la calidad de quien lo recibe, del tipo de recursos y de la resolución definitiva que emita la Suprema Corte.

¿Qué documentos debe guardar una persona beneficiaria?

Debe conservar la resolución o constancia de beneficiario, estados de cuenta, comprobantes de pago, constancias de retención de ISR y cualquier documento entregado por la Afore. También conviene solicitar orientación fiscal antes de pedir una devolución o presentar una declaración.

Fuentes consultadas

Grid

La Suprema Corte no ha prohibido al SAT cobrar ISR por dinero de una Afore heredada: esto se sabe

La Suprema Corte de Justicia de la Nación todavía no emite una resolución definitiva que prohíba al SAT cobrar ISR …

¿Aguinaldo de 4,791 pesos en diciembre? Esto es lo que sí está confirmado para jubilados y pensionados

Circula información que asegura que el Gobierno de Claudia Sheinbaum entregará un aguinaldo de 4,791 pesos en diciembre a jubilados …

Infonavit y FOVISSSTE se unen: quiénes pueden sumar sus créditos para comprar vivienda

El esquema Crédito Unidos FOVISSSTE-INFONAVIT permite que algunas personas trabajadoras sumen el financiamiento de ambas instituciones. También existe una modalidad …

Oficial: Gobierno confirma pago único de hasta 24,000 pesos para productores que cumplan estas condiciones

El Gobierno de México confirmó que Producción para el Bienestar 2026 contempla un apoyo económico anual de hasta 24,000 pesos …

Sheinbaum reabre registro de Jóvenes Construyendo el Futuro: no son 6 mil 450, el apoyo mensual es de 9 mil 582 pesos

El registro de Jóvenes Construyendo el Futuro permanece abierto en línea, pero el apoyo vigente para 2026 no es de …

Suscríbete a nuestras noticias

Regístrate gratis y recibe nuestras nuevas publicaciones directamente en tu correo.