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Ciudad de México, 28 de agosto de 2026. — Madres trabajadoras, padres solos y tutores tienen la posibilidad de solicitar un apoyo económico dentro del Programa para el Bienestar de Niñas y Niños, Hijos de Madres Trabajadoras, siempre que cumplan con los criterios establecidos para el ejercicio fiscal 2026.

El programa busca contribuir al cuidado y bienestar de niñas, niños, adolescentes y jóvenes que se encuentran en condiciones de vulnerabilidad debido a la ausencia temporal o permanente de uno o ambos padres.

Para 2026, la modalidad dirigida a niñas y niños pequeños contempla apoyos de 1,650 pesos bimestrales por cada niña o niño registrado y 3,720 pesos bimestrales cuando se trata de una niña o niño con discapacidad que cumpla las condiciones establecidas.

¿Quién puede solicitarlo?

Uno de los puntos más importantes es que el programa no está limitado exclusivamente a las madres.

Pueden existir casos en los que el responsable sea:

  • La madre.
  • Un padre solo.
  • Una persona tutora.

La modalidad correspondiente contempla niñas y niños desde recién nacidos hasta un día antes de cumplir cuatro años.

Cuando existe una discapacidad, el límite de edad se extiende hasta un día antes de cumplir seis años.

¿Cuánto dinero entrega?

Para 2026, las reglas de operación establecen:

1,650 pesos bimestrales por cada niña o niño.

En el caso de niñas o niños con discapacidad:

3,720 pesos bimestrales por cada beneficiario.

El programa establece un máximo de tres niñas o niños por hogar durante el mismo periodo, salvo en casos de nacimientos múltiples.

Por ejemplo, si un hogar tiene dos menores que cumplen los requisitos de la modalidad ordinaria, el monto correspondiente sería de 3,300 pesos por bimestre.

Si se trata de menores con discapacidad, el cálculo depende de los beneficiarios que sean incorporados y de las condiciones establecidas en las reglas de operación.

El requisito que no debes pasar por alto

Uno de los aspectos fundamentales consiste en que la madre, padre solo o tutor debe encontrarse trabajando, buscando empleo o estudiando, además de no contar con servicios de cuidado y atención infantil mediante instituciones públicas de seguridad social u otros medios.

En caso de estudiar, se debe presentar una constancia emitida por la institución educativa.

Este requisito es importante porque preparar solamente los documentos del menor no garantiza automáticamente la incorporación.

La autoridad debe verificar que la persona responsable cumple los criterios establecidos.

Documentos de la madre, padre o tutor

La documentación puede incluir:

  • Identificación oficial vigente.
  • CURP.
  • Comprobante de domicilio.
  • Escrito bajo protesta de decir verdad.
  • Constancia de estudios cuando corresponda.
  • Cartas de no afiliación al IMSS e ISSSTE, cuando sean aplicables.

Las reglas de operación señalan que el requisito de las cartas de no afiliación tiene una excepción para las personas tutoras.

Documentos de la niña o niño

También se requiere documentación de cada menor.

Entre los documentos principales están:

  • Acta de nacimiento.
  • CURP.
  • Certificado médico cuando corresponda acreditar una discapacidad no visible.

La documentación debe corresponder correctamente a la persona que se pretende incorporar.

Un error frecuente en cualquier trámite gubernamental consiste en presentar información incompleta o datos que no coinciden.

¿Dónde se realiza el trámite?

La incorporación se realiza durante un periodo de registro vigente y puede efectuarse en los Módulos de Bienestar correspondientes.

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El proceso contempla la identificación de la modalidad, presentación de documentos, solicitud de incorporación y posterior validación de la información.

Esto significa que tener los documentos preparados no equivale a estar automáticamente incorporado.

Primero debe existir una convocatoria o periodo de registro aplicable.

¿El apoyo se entrega mensualmente?

No.

El programa contempla pagos bimestrales.

Para la modalidad de niñas y niños hijos de madres trabajadoras, el monto de referencia oficial es de 1,650 pesos por cada menor, mientras que para menores con discapacidad es de 3,720 pesos.

Por ello, si alguien ofrece “1,650 pesos cada mes” diciendo que es el monto oficial del programa, está presentando incorrectamente la periodicidad.

¿Qué ocurre cuando el menor cumple la edad límite?

Este punto también es importante.

Las reglas de operación establecen que si la niña o niño alcanza la edad límite durante el bimestre correspondiente, se puede otorgar el apoyo completo de ese bimestre y posteriormente concluir el beneficio correspondiente a esa modalidad.

Por eso, la edad del menor debe revisarse cuidadosamente al momento de solicitar la incorporación.

También existe una modalidad para orfandad materna

El programa no se limita a niñas y niños pequeños.

Existe una segunda modalidad destinada a niñas, niños, adolescentes y jóvenes en situación de orfandad materna, desde recién nacidos hasta los 23 años.

Los montos son diferentes según el rango de edad.

Para 2026, la información oficial señala:

  • De recién nacidos a 15 años: 830 pesos bimestrales.
  • De 16 a 18 años: 1,130 pesos bimestrales.
  • De 19 a 23 años: 1,240 pesos bimestrales.

¿Qué recomienda Bienestar?

La recomendación principal es utilizar exclusivamente los canales oficiales para conocer convocatorias, requisitos y módulos.

La incorporación está sujeta a los criterios del programa y a la disponibilidad presupuestal.

Además, los trámites son gratuitos.

No es necesario pagar a una persona para llenar una solicitud ni para “garantizar” la incorporación.

Cuatro pasos para solicitar información

Identificar la modalidad, reunir documentos, acudir al Módulo de Bienestar durante el periodo vigente, esperar la validación de la solicitud.

Una ayuda que requiere atención a los detalles

El Programa para el Bienestar de Niñas y Niños, Hijos de Madres Trabajadoras representa un mecanismo de apoyo para hogares que enfrentan dificultades relacionadas con el cuidado infantil.

Pero antes de acudir a solicitarlo es indispensable revisar edad, situación familiar, condición laboral o educativa, documentación y disponibilidad de convocatoria.

La información oficial del Gobierno de México señala que el programa tiene cobertura nacional y opera bajo dos modalidades.

Fuentes de información

Secretaría de Bienestar, Gobierno de México; Reglas de Operación 2026; Programas para el Bienestar; Diario Oficial de la Federación.

Palabras clave

Madres, Padres, Tutores, Niños, Apoyo, Bienestar, Registro, Requisitos, Discapacidad, Orfandad.

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