En México, millones de personas reciben apoyos sociales a través de los programas del gobierno federal. Sin embargo, cuando un beneficiario fallece, muchas familias no saben qué procedimiento deben seguir ni si existe algún apoyo económico disponible. Ante esta situación, la Secretaría de Bienestar ha establecido un protocolo claro para notificar el fallecimiento y, en algunos casos, solicitar un apoyo adicional conocido como pago de marcha.

Este trámite es importante porque permite mantener actualizado el padrón de beneficiarios y, al mismo tiempo, brinda una ayuda económica a los familiares que se hacen cargo de los gastos funerarios. A continuación te explicamos qué es este apoyo, cuánto dinero se puede recibir, dónde realizar el trámite y qué documentos debes presentar.


¿Qué es el apoyo por fallecimiento en los Programas para el Bienestar?

El apoyo por fallecimiento forma parte de las reglas de operación de algunos programas sociales del gobierno federal, especialmente de la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores y la Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente.

Cuando una persona beneficiaria fallece, el programa contempla la posibilidad de entregar un pago único llamado “pago de marcha”, destinado a la persona auxiliar registrada o al familiar que se encargue de realizar el trámite correspondiente.

Este apoyo busca ayudar a cubrir parte de los gastos derivados del fallecimiento, como servicios funerarios o trámites administrativos.


¿Cuánto dinero se entrega por este apoyo?

De acuerdo con información oficial de la Gobierno de México, el monto del pago de marcha suele equivaler al último pago que recibía el beneficiario dentro del programa.

Por ejemplo:

  • En el caso de la Pensión para Adultos Mayores, el apoyo bimestral en 2024 y 2025 ha sido de aproximadamente 6,000 pesos, por lo que el pago de marcha puede ser de hasta ese mismo monto.
  • En programas dirigidos a personas con discapacidad, el apoyo puede variar dependiendo del monto del beneficio vigente.

Es importante señalar que este pago solo se otorga una vez y debe solicitarse dentro del plazo establecido por las reglas del programa.


¿Qué hacer si fallece un beneficiario del Bienestar?

Las autoridades recomiendan realizar el aviso lo antes posible para evitar problemas administrativos o suspensiones incorrectas de los apoyos.

Los familiares o la persona responsable deberán acudir directamente a un módulo de la Secretaría de Bienestar con la siguiente documentación:

Documentos necesarios

  1. INE del beneficiario fallecido
  2. CURP del beneficiario fallecido
  3. INE de la persona compareciente (quien realiza el trámite)
  4. Acta de defunción oficial

Todos los documentos deben presentarse en original y copia.

Una vez entregada la documentación, el personal del programa verificará la información en el padrón de beneficiarios y orientará a la persona sobre los siguientes pasos para el cierre del expediente y, en su caso, la entrega del pago correspondiente.


¿Dónde se puede realizar el trámite?

El trámite debe realizarse de forma presencial en los Módulos de Atención de la Secretaría de Bienestar que se encuentran distribuidos en todo el país.

Estos módulos operan en:

  • Delegaciones del Bienestar
  • Centros integradores de desarrollo
  • Oficinas regionales del programa

Los horarios pueden variar dependiendo del estado, pero generalmente se atiende de lunes a viernes en horario laboral.

Para ubicar el módulo más cercano, las personas pueden consultar el portal oficial del gobierno o acudir directamente a las oficinas del Bienestar en su localidad.


¿Por qué es importante notificar el fallecimiento?

Además de poder acceder al apoyo económico correspondiente, notificar el fallecimiento tiene varios objetivos importantes:

  • Mantener actualizado el padrón de beneficiarios de los programas sociales.
  • Evitar depósitos indebidos en cuentas o tarjetas que ya no deben recibir recursos.
  • Facilitar que otros apoyos sociales lleguen a personas que realmente lo necesitan.

Las autoridades también recuerdan que no se deben realizar cobros indebidos por este trámite, ya que el proceso es completamente gratuito.


Recomendaciones para las familias

Si un familiar recibía algún programa del Bienestar, especialistas recomiendan:

  • Revisar si existe una persona auxiliar registrada en el programa.
  • Guardar siempre copia de los documentos oficiales del beneficiario.
  • Realizar el aviso en cuanto se obtenga el acta de defunción.
  • Evitar intermediarios o gestores que cobren por el trámite.

Este procedimiento ayuda a cerrar correctamente el registro del beneficiario y, en caso de aplicar, permite que la familia reciba el apoyo económico disponible.


Fuentes de información

  • Secretaría de Bienestar
  • Gobierno de México
  • Reglas de Operación de la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores
  • Reglas de Operación de la Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente