CIUDAD DE MÉXICO.— Miles de jubilados y pensionados del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) han mostrado interés durante las últimas semanas por conocer si todavía es obligatorio realizar el Certificado de Supervivencia y quiénes están obligados a cumplir con este procedimiento durante 2026.
La inquietud surgió luego de que diversos reportes recordaran que el trámite continúa siendo indispensable para un grupo específico de beneficiarios, mientras que para la mayoría de los pensionados que viven en territorio nacional el proceso ya no se realiza de la misma manera que hace algunos años.
¿Qué es el Certificado de Supervivencia?
El Certificado de Supervivencia, también conocido como “Fe de Vida”, es un documento mediante el cual las autoridades mexicanas verifican que una persona pensionada continúa con vida y, por lo tanto, mantiene vigente su derecho a recibir el pago de su pensión.
El objetivo principal es evitar pagos indebidos y mantener actualizado el padrón de beneficiarios del sistema de pensiones.
Durante años este procedimiento era obligatorio para prácticamente todos los pensionados del IMSS e ISSSTE; sin embargo, con la digitalización de diversos procesos administrativos, la situación cambió para quienes residen en México.
¿Quiénes sí deben realizar el trámite en 2026?
Actualmente, el Certificado de Supervivencia está dirigido principalmente a:
- Pensionados del IMSS que viven fuera de México.
- Pensionados del ISSSTE residentes en el extranjero.
- Jubilados del Gobierno Federal que cobran su pensión desde otro país.
- Militares en retiro y otros beneficiarios que reciben pensiones mexicanas viviendo en el exterior.
Para este grupo, acreditar periódicamente su supervivencia continúa siendo un requisito indispensable para mantener activo el depósito de su pensión.
¿Quiénes ya no necesitan hacerlo?
Las personas pensionadas que viven dentro del territorio mexicano, en la mayoría de los casos, ya no tienen que acudir periódicamente a comprobar su supervivencia.
El IMSS ha eliminado este requisito presencial para gran parte de sus beneficiarios gracias a mecanismos de validación automatizados.
No obstante, las autoridades recomiendan mantener actualizados datos como:
- CURP.
- Domicilio.
- Teléfono.
- Correo electrónico.
Actualizar esta información facilita cualquier comunicación relacionada con la pensión.
¿Qué sucede si no realizas el trámite cuando sí estás obligado?
Las autoridades advierten que los pensionados que viven en el extranjero y no acrediten oportunamente su supervivencia pueden enfrentar la suspensión temporal de los depósitos hasta regularizar su situación.
Por ello, se recomienda realizar el procedimiento dentro de los periodos establecidos.
¿Dónde se realiza?
El trámite se lleva a cabo de manera presencial en la Embajada o Consulado de México más cercano al lugar donde reside el pensionado.
La Secretaría de Relaciones Exteriores es la dependencia encargada de emitir el Certificado de Supervivencia para quienes viven fuera del país.
Requisitos para pensionados del IMSS
Generalmente se solicita:
- Identificación oficial vigente.
- Número de Seguridad Social.
- Documento que acredite la pensión.
- CURP.
- Datos de contacto actualizados.
- Declaración de domicilio.
Requisitos para pensionados del ISSSTE
Entre los documentos normalmente solicitados destacan:
- Identificación oficial vigente.
- Credencial de pensionista o número de pensionista.
- Último comprobante de pago.
- Fotografía reciente tamaño pasaporte.
Es recomendable verificar previamente con el consulado correspondiente si existen requisitos adicionales.
¿Cada cuánto debe renovarse?
En términos generales, el Certificado de Supervivencia tiene una vigencia aproximada de seis meses para quienes están obligados a realizarlo, por lo que normalmente debe renovarse dos veces al año.
En el caso del ISSSTE suelen establecerse periodos específicos durante el año, mientras que para el IMSS la comprobación debe mantenerse vigente conforme a las reglas del instituto.
Recomendaciones para los pensionados
Especialistas recomiendan no dejar este trámite para el último momento, especialmente si el pensionado reside fuera de México.
También es importante mantenerse informado únicamente mediante fuentes oficiales del IMSS, ISSSTE y Secretaría de Relaciones Exteriores, ya que en redes sociales suelen circular rumores que generan confusión entre los beneficiarios.
Para quienes viven en México, la recomendación principal es conservar actualizados sus datos personales y revisar cualquier comunicación emitida por su institución de seguridad social.
Conclusión
Aunque muchas personas creen que todos los jubilados del IMSS e ISSSTE deben acudir a realizar el Certificado de Supervivencia, la realidad es distinta.
Actualmente, la obligación aplica principalmente para quienes residen fuera del territorio nacional y reciben una pensión mexicana.
Conocer esta diferencia permite evitar trámites innecesarios y, sobre todo, prevenir retrasos o suspensiones en el pago de la pensión por incumplimiento de los requisitos establecidos por las autoridades.

