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Si eres adulto mayor de 65 años y necesitas registrarte en la Pensión para el Bienestar, pero no puedes salir de casa por enfermedad, discapacidad o problemas de movilidad, existe una alternativa: solicitar una visita domiciliaria al personal de la Secretaría de Bienestar para realizar el trámite de incorporación.
La solicitud puede ser realizada por un familiar o por otra persona adulta que apoye a quien necesita el registro. Para iniciar el procedimiento, uno de los medios oficiales disponibles es la Línea del Bienestar, en el número 800 639 42 64.
Esta opción es especialmente importante para las personas que permanecen en cama, reciben cuidados en su domicilio o enfrentan dificultades físicas que les impiden trasladarse hasta un módulo de atención.
A continuación, te explicamos cómo pedir la visita, qué documentos conviene preparar, quién puede hacer la solicitud y cuáles son las diferencias entre registrarse por primera vez y solicitar atención para una persona que ya recibe su pensión.
¿Cómo pedir que Bienestar acuda a tu casa en 2026?
El procedimiento comienza con una solicitud de atención domiciliaria ante la Secretaría de Bienestar. La finalidad es informar que la persona adulta mayor no puede presentarse físicamente en el módulo y necesita que el personal valore y atienda su caso en el domicilio.
De acuerdo con las Reglas de Operación de la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores para el ejercicio fiscal 2026, cuando una persona vive con una discapacidad o padece una enfermedad que le impide salir de su domicilio, un familiar u otra persona adulta puede solicitar la visita del personal de Bienestar para realizar el registro.
Estos son los pasos recomendados:
- Llama a la Línea del Bienestar. Comunícate al 800 639 42 64 y explica que la persona adulta mayor no puede acudir al módulo por motivos de salud, discapacidad o movilidad.
- Solicita expresamente una visita domiciliaria. Aclara si se trata de un registro por primera vez o de otro trámite relacionado con la pensión.
- Proporciona los datos necesarios. Ten a la mano el nombre completo de la persona solicitante, su domicilio, municipio, estado y un teléfono de contacto.
- Pregunta cómo entregar la documentación. Consulta qué documentos debes tener preparados y si es necesario completar algún formato.
- Solicita información sobre el seguimiento. Pregunta cómo conocer el estado de la petición y qué hacer si la visita no se concreta.
Es importante conservar cualquier folio o referencia que te proporcionen durante la atención telefónica.
Importante: solicitar una visita no significa que esta se realizará de inmediato ni que la incorporación a la pensión esté automáticamente aprobada. La atención depende de la gestión correspondiente y de la validación de los requisitos del programa.
¿Quiénes pueden solicitar la visita domiciliaria?
La visita domiciliaria está contemplada para personas adultas mayores que, debido a una enfermedad o discapacidad, no pueden salir de su vivienda para realizar el registro. La solicitud puede presentarla un familiar u otra persona adulta en apoyo de la persona interesada.
Entre los casos en los que conviene solicitar orientación se encuentran los siguientes:
- Adultos mayores que permanecen en cama por una enfermedad.
- Personas con discapacidad que no pueden trasladarse hasta un módulo.
- Personas que presentan dificultades graves para caminar o movilizarse.
- Adultos mayores que requieren asistencia permanente para salir de su domicilio.
La situación particular debe explicarse a la Secretaría de Bienestar para que indique cómo proceder.
No es necesario que la persona solicitante sea quien realice personalmente la llamada. Un familiar puede iniciar la gestión, aunque la información y la documentación deberán ajustarse a lo que requiera el trámite.
¿Qué documentos debes preparar para el registro?
Para la incorporación a la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores, las reglas de operación establecen documentación para acreditar la identidad, edad y residencia de la persona solicitante.
Esta es la lista de documentos que conviene reunir antes de solicitar la visita:
1. Identificación oficial vigente
Credencial para votar, pasaporte vigente, credencial del INAPAM u otro documento de identidad aceptado por el programa.
2. Acta de nacimiento
Preferentemente en buen estado y con los datos legibles.
3. CURP
Prepara una impresión reciente para facilitar la identificación de la persona.
4. Comprobante de domicilio
Debe tener una antigüedad máxima de seis meses, o puede presentarse una constancia de residencia conforme a las reglas del programa.
5. Teléfono de contacto
Ten disponible un número celular o fijo donde la Secretaría de Bienestar pueda localizar a la persona solicitante o a su contacto.
Los requisitos anteriores corresponden al registro ordinario. La dependencia debe confirmar si necesita algún documento adicional para el caso concreto y cómo se llenará el Formato Único de Bienestar cuando la atención se realice en el domicilio.
¿También deben presentarse documentos del familiar?
No necesariamente en todos los casos. Sin embargo, si el familiar participa como persona adulta auxiliar o representante en un trámite, pueden solicitarse sus propios documentos.
Las reglas de operación contemplan la figura de la persona adulta auxiliar, que puede realizar determinados trámites en representación de la persona derechohabiente. Para registrarla se requiere la documentación establecida por el programa y el formato correspondiente.
Por eso, al llamar al 800 639 42 64, es conveniente preguntar qué documentos debe preparar el familiar que está gestionando la visita.
¿Qué decir cuando llames al 800 639 42 64?
Para facilitar la atención, puedes explicar tu situación con un mensaje claro y directo.
EJEMPLO DE SOLICITUD TELEFÓNICA
“Buenos días. Llamo para solicitar una visita domiciliaria para una persona adulta mayor de 65 años que no puede acudir al módulo de Bienestar debido a su estado de salud o a sus dificultades de movilidad.
Necesitamos orientación para realizar su registro a la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores. ¿Podrían indicarme cómo iniciar la solicitud, qué documentos debemos preparar y cómo dar seguimiento a la visita?” Copiar solicitud
Si llamas por tu mamá, papá, abuela, abuelo u otra persona, menciona que estás apoyando su trámite. Explica las dificultades concretas para trasladarse, sin exagerar ni omitir información importante.
Si te proporcionan un número de folio, anótalo junto con la fecha de la llamada y las indicaciones recibidas.
¿Hay registro a la Pensión Bienestar en octubre de 2026?
Sí. La página oficial del programa muestra un periodo de registro del 19 al 25 de octubre de 2026. El trámite presencial está dirigido a las personas que cumplen los requisitos de incorporación.
Esto es relevante para quienes ya cumplieron 65 años y todavía no reciben la pensión. Si la persona no puede trasladarse, debe preguntar por la alternativa de visita domiciliaria, en lugar de asumir que la única opción es presentarse físicamente.
La apertura de un periodo de registro no garantiza que todas las solicitudes queden resueltas dentro de esas mismas fechas. Tampoco debe interpretarse como una confirmación de que el personal acudirá al domicilio el mismo día de la llamada.
Para consultar información oficial, puedes utilizar estos enlaces:
- Secretaría de Bienestar: sitio oficial.
- Información de la Pensión para Adultos Mayores.
- Reglas de Operación de la Pensión Bienestar 2026 en el Diario Oficial de la Federación.
La fecha de registro y la disponibilidad de atención domiciliaria deben confirmarse con la dependencia, especialmente si la solicitud se presenta cerca del cierre de la convocatoria.
¿Cuánto dinero entrega la Pensión Bienestar en 2026?
La Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores entrega 6,400 pesos cada dos meses durante 2026, de acuerdo con la información oficial del programa.
El apoyo está dirigido a personas de 65 años o más que cumplen los criterios de elegibilidad establecidos. Entre ellos se encuentran tener nacionalidad mexicana por nacimiento o naturalización y residir en México.
Es importante distinguir entre solicitar una visita y obtener la pensión. La visita permite gestionar el registro cuando la persona no puede acudir al módulo; la incorporación depende de la revisión de los requisitos y de la resolución de la solicitud.
Por lo tanto, una persona que todavía no está inscrita no debe asumir que recibirá automáticamente el siguiente depósito por el solo hecho de haber solicitado una visita.
¿Qué pasa si la persona adulta mayor ya recibe la pensión?
Este punto requiere especial atención porque no todos los casos corresponden a un registro nuevo.
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Si la persona ya está incorporada al programa y necesita resolver un problema con sus datos, aclarar información o gestionar otro trámite, debe explicar esa situación desde la primera llamada.
La visita domiciliaria prevista expresamente en las reglas de operación se refiere al registro de personas que no pueden salir de casa por discapacidad o enfermedad. No debe suponerse que cualquier gestión administrativa, aclaración bancaria o entrega de tarjeta se resolverá mediante una visita domiciliaria.
La Secretaría de Bienestar debe indicar el procedimiento que corresponde según el caso.
¿Qué hacer si el adulto mayor no puede acudir a recoger su tarjeta?
Si la persona ya fue incorporada, pero tiene dificultades para trasladarse cuando se le convoca a recibir su tarjeta, es necesario consultar con la dependencia qué alternativa está disponible.
No conviene enviar a un familiar a recoger la tarjeta sin confirmar previamente que está autorizado para hacerlo. La entrega de tarjetas y la representación de una persona derechohabiente están sujetas al procedimiento aplicable.
En la llamada, explica si se trata de una tarjeta nueva, reposición, entrega pendiente o un problema diferente. Esta distinción ayudará a recibir instrucciones más precisas.
¿Puede un familiar realizar el trámite en nombre del adulto mayor?
Sí, un familiar puede solicitar orientación y gestionar una visita domiciliaria para una persona que no puede salir de su vivienda. Las reglas de operación contemplan expresamente la posibilidad de que un familiar u otra persona adulta solicite la visita para realizar el registro en los casos previstos.
Además, el programa permite registrar a una persona adulta auxiliar para que represente a la persona derechohabiente en determinados trámites. No es indispensable que esa persona sea familiar, pero debe cumplir los requisitos establecidos y quedar registrada conforme al procedimiento oficial.
Es importante no confundir ambas figuras:
- Familiar que solicita una visita: ayuda a iniciar la gestión porque la persona no puede trasladarse.
- Persona adulta auxiliar registrada: está autorizada conforme a las reglas del programa para representar a la persona derechohabiente en los trámites que correspondan.
Que alguien sea hijo, hija, nieto o cuidador no significa que pueda disponer libremente de los recursos de la pensión. El apoyo económico corresponde a la persona derechohabiente y debe manejarse conforme a las disposiciones aplicables.
¿La visita domiciliaria tiene algún costo?
Los trámites relacionados con la Pensión para el Bienestar deben realizarse sin costo y sin condicionamientos. Las reglas de operación reconocen el derecho de las personas derechohabientes a recibir atención y apoyo para realizar sus gestiones gratuitamente.
Por ello, ten cuidado si alguien ofrece garantizar una visita, acelerar el registro o asegurar la aprobación de la pensión a cambio de dinero.
No entregues efectivo a supuestos gestores ni pagues por un espacio en el padrón. Para conocer el procedimiento y verificar cualquier indicación, comunícate directamente con la Secretaría de Bienestar.
También es recomendable no publicar fotografías de la credencial de elector, CURP, datos bancarios o domicilio en redes sociales para solicitar ayuda.
¿Cómo verificar que la persona que llega a tu domicilio trabaja en Bienestar?
Si se programa una visita, procura que la persona adulta mayor esté acompañada por un familiar o alguien de su confianza cuando sea posible.
Antes de mostrar documentos o proporcionar información personal, solicita que el visitante se identifique y confirma sus datos mediante los canales oficiales de la dependencia.
Adopta estas precauciones:
- No entregues dinero por la visita ni por la inscripción.
- No compartas contraseñas bancarias, NIP ni códigos de seguridad.
- No permitas que alguien retire tu tarjeta bancaria para supuestamente activarla.
- No firmes documentos que no comprendas.
- Si tienes dudas sobre la identidad del visitante, comunícate con la Secretaría de Bienestar antes de continuar.
La atención domiciliaria no elimina la necesidad de proteger los datos personales. La propia normativa del programa reconoce el derecho a la privacidad de la información de las personas derechohabientes.
¿Qué hacer si no contestan el teléfono o no acuden a la casa?
Si no logras comunicarte en el primer intento, puedes volver a llamar dentro del horario oficial de atención o buscar orientación en la delegación de Programas para el Desarrollo de tu entidad.
La información publicada en las reglas de operación establece para la Línea del Bienestar el horario de lunes a viernes de 8:00 a 21:00 horas, y fines de semana y días festivos de 9:00 a 13:00 horas.
También puedes enviar una consulta al correo de atención ciudadana publicado en esas reglas: demandasocial@bienestar.gob.mx.
En tu comunicación, incluye únicamente los datos necesarios para identificar la solicitud y explica de manera breve por qué se necesita atención domiciliaria. Si ya tienes un folio, úsalo para facilitar el seguimiento.
Si la visita no se concreta, pregunta si la solicitud quedó registrada, si hace falta algún documento y cuál es el área responsable de darle continuidad. No existe una garantía general de atención inmediata por el simple hecho de haber llamado.
¿La visita domiciliaria es lo mismo que el programa Salud Casa por Casa?
No. Aunque ambos servicios pueden implicar que personal del programa acuda al domicilio, sus objetivos son diferentes.
Visita para registro de la Pensión Bienestar
Tiene como finalidad atender el trámite de incorporación de la persona adulta mayor que cumple los requisitos, pero no puede acudir al módulo debido a una enfermedad o discapacidad.
Programa Salud Casa por Casa
Ofrece atención primaria y preventiva en el domicilio a personas derechohabientes de las pensiones contempladas por el programa. Incluye visitas de personal de salud y seguimiento de las necesidades sanitarias.
Si lo que necesitas es registrar por primera vez a un adulto mayor en la pensión, solicita específicamente la visita para el trámite de incorporación. Si lo que buscas es atención médica preventiva en casa y la persona ya es beneficiaria, pregunta por Salud Casa por Casa.
La diferencia es importante para evitar confusiones y dirigir la solicitud al servicio adecuado.
Preguntas frecuentes sobre la visita domiciliaria de la Pensión Bienestar 2026
1. ¿Cuál es el teléfono para pedir que Bienestar visite a un adulto mayor?
El número de la Línea del Bienestar es 800 639 42 64. Puedes llamar para solicitar orientación sobre la visita domiciliaria y conocer el procedimiento que corresponde.
2. ¿Puedo pedir la visita si mi mamá o mi papá está en cama?
Sí. Si la persona adulta mayor padece una enfermedad que le impide salir de su domicilio, un familiar u otra persona adulta puede
3. ¿Qué edad debe tener la persona para recibir la Pensión Bienestar para Adultos Mayores?
Debe tener 65 años o más y cumplir los demás criterios de elegibilidad establecidos por el programa.
4. ¿Puedo solicitar la visita aunque no sea hijo de la persona adulta mayor?
Las reglas permiten que un familiar u otra persona adulta solicite la visita en los casos contemplados. Para saber qué información debe proporcionar quien hace la gestión, consulta directamente con la Línea del Bienestar.
5. ¿Debo presentar un certificado médico?
La documentación general de registro publicada por el programa no incluye un certificado médico como requisito ordinario. Sin embargo, conviene preguntar si se necesita documentación adicional para acreditar la situación concreta que impide acudir al módulo.
6. ¿La visita garantiza que me entreguen la tarjeta?
No. La visita permite gestionar el registro cuando se cumplen las condiciones correspondientes. La incorporación debe validarse y la entrega de la tarjeta se realiza conforme al procedimiento del programa.
7. ¿Puedo pedir la visita fuera de un periodo de registro presencial?
Puedes comunicarte para consultar el procedimiento y solicitar orientación. Las reglas de operación contemplan trámites durante el ejercicio fiscal, pero debes confirmar la disponibilidad y la forma de atención de tu caso.
8. ¿Qué pasa si no tengo todos los documentos?
Comunícate con la Secretaría de Bienestar y pregunta qué documentos faltan y cómo puedes regularizar la situación. Las reglas contemplan la posibilidad de corregir datos o presentar documentación faltante cuando corresponda.
9. ¿Cuánto cuesta solicitar la visita domiciliaria?
La atención y los trámites relacionados con la pensión son gratuitos. No pagues a gestores por una visita o por la promesa de obtener la tarjeta.
10. ¿Cuánto recibirán los adultos mayores en la Pensión Bienestar 2026?
El monto informado oficialmente para 2026 es de 6,400 pesos bimestrales. La cantidad corresponde a las personas incorporadas que tienen derecho al apoyo.
11. ¿Puedo hacer la solicitud por internet?
Puedes consultar la información oficial en el portal de la Secretaría de Bienestar y buscar orientación sobre el trámite. Para solicitar específicamente la visita domiciliaria, la Línea del Bienestar es un canal oficial publicado por la dependencia.
12. ¿Qué hago si el adulto mayor ya está registrado, pero necesita ayuda con otro trámite?
Explica que la persona ya es derechohabiente y especifica qué necesita resolver. La atención domiciliaria para un registro nuevo no debe confundirse con los procedimientos para aclaraciones, reposición de tarjetas u otras gestiones.
Conclusión: los adultos mayores que no pueden salir de casa pueden solicitar orientación para su registro
La Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores contempla una alternativa para quienes no pueden trasladarse hasta un módulo por motivos de salud o discapacidad. En estos casos, un familiar u otra persona adulta puede solicitar una visita domiciliaria para realizar el registro, conforme a las reglas del programa.
El primer paso es comunicarse al 800 639 42 64, explicar la situación y preguntar cómo iniciar y dar seguimiento a la solicitud. También es conveniente reunir la identificación oficial, el acta de nacimiento, la CURP, el comprobante de domicilio y los datos de contacto.
La recomendación principal es utilizar los canales oficiales, no pagar a intermediarios y confirmar qué procedimiento corresponde según la situación de la persona adulta mayor.
Para las familias que cuidan a una persona con movilidad limitada, conocer esta alternativa puede ayudar a evitar traslados difíciles y facilitar el acceso a la información necesaria para tramitar la pensión.
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